viernes. 26.04.2024

El Consell de Govern ha aprobado la convocatoria de ayudas para el reinicio o el mantenimiento del trabajo autónomo, actividad que se ha visto afectada a causa de las medidas establecidas para prevenir la expansión de la COVID-19.

 

La Conselleria de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, a través de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, gestiona esta convocatoria de ayudas, que fueron acordadas a finales de mayo por la Mesa de Diálogo Social y que supondrán una aportación conjunta de unos 15 millones de euros entre Govern, consells insulares y ayuntamientos; el Govern aporta 8 millones.

 

La convocatoria está destinada a trabajadores y trabajadoras autónomos que se hayan visto afectados por la crisis de la COVID-19 en alguno de estos tres supuestos:

 

Que hayan tenido que encontrarse sometidos a un cese forzoso de la actividad o a la reducción de la facturación de como mínimo el 75% (en relación con el mismo periodo del año anterior), como consecuencia de la declaración del estado de alarma.

 

Que, en el caso de tener personas asalariadas, hayan tenido que hacer un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), por fuerza mayor o por causas económicas y productivas.

 

Que sean trabajadores autónomos de temporada no incluidos en ninguno de los dos apartados anteriores, pero que se han visto afectados directa o indirectamente por el Real Decreto 463/2020 del estado de alarma.

 

El importe de las ayudas oscila en función de si tienen o no trabajadores contratados a su cargo: en caso de no tenerlos, la ayuda es de 2.000 euros; en caso de tener a uno o dos, 2.500 euros; y en caso de tener a más de dos, 3.000 euros.

 

Para agilizar toda la tramitación, la Dirección General de Promoción Económica abrirá un registro telemático en su página web (http://dgpe.caib.es), en el cual las personas interesadas podrán concertar una cita previa virtual para iniciar su solicitud. Este registro estará abierto al público previsiblemente a partir de la segunda quincena de julio, y en todo caso a partir del undécimo día de su publicación en el BOIB.

 

Es importante que los beneficiarios tengan firma electrónica para poder hacer el trámite telemático.

 

Las personas interesadas tendrán que llenar un formulario de solicitud, y con una aportación de documentación mínima (y la vida laboral de la empresa, si tienen trabajadores, la resolución de cese de actividad, en su caso, y, si no, una declaración responsable de que el trabajador autónomo ha sido afectado directa o indirectamente por la crisis sanitaria).

 

Las ayudas se aceptarán por estricto orden de entrada por municipio en el registro telemático, que se abre tanto a trabajadores y trabajadoras autónomos que ejercen su actividad durante todo el año, como a aquellas personas que tan solo mantienen la actividad temporalmente, con un mínimo de cuatro meses de actividad.

 

El plazo de presentación de solicitudes acaba el 31 de diciembre de 2020 o cuando se agote el crédito

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