23 empresas de alquiler de vehículos de Eivissa y Formentera han obtenido ya el distintivo de calidad de la Dirección General de Consumo. Así lo han anunciado la consellera de Salud, Patricia Gómez, durante el acto de entrega del sello a las compañías que han demostrado que cumplen con el código de buenas prácticas impulsado por Consumo.
Gómez ha dado la enhorabuena a las empresas que han obtenido el distintivo de calidad porque, según ha remarcado, ello quiere decir que han superado el proceso de evaluación y estricto control de los inspectores de consumo, quienes han constatado que cumplen con todos los requisitos recogidos en el código de buenas prácticas.
La consellera también ha recordado que la creación del sello de calidad, junto con el refuerzo de las inspecciones y la puesta en marcha del sistema de reclamación telemática sin necesidad de DNI electrónico, forma parte de las iniciativas que impulsa la Dirección General de Consumo para combatir las prácticas abusivas y desleales que se producen en este sector y para defender los derechos de los consumidores, tal como establece la Constitución Española.
El Govern ha destacado la buena acogida del código, puesto que hasta el momento ha sido firmado por 92 empresas de Balears y continúa abierto a nuevas adhesiones.
Con la firma del documento, las empresas declaran que están inscritas en el registro de regulación y clasificación de las empresas y establecimientos turísticos y se obligan a actuar de forma leal con los clientes consumidores.
Concretamente, entre los aspectos más relevantes del documento, destaca que la empresa firmante se compromete a ofrecer a los consumidores, en la información precontractual que realice en Internet u otros medios, una reserva de contrato de alquiler del vehículo, con las prestaciones básicas propias de este tipo de contratos, por un precio completo que será el precio final si el consumidor no contrata ninguna prestación adicional. El contrato con las prestaciones básicas es el que permitirá circular con el vehículo sin ningún otro cargo adicional.
Asimismo, conforme al código, el precio publicitado en la página web o en cualquier otro medio incluirá todos los conceptos y cargos obligatorios. La publicidad de las prestaciones accesorias y de los precios de estas prestaciones se realizará de manera separada con la indicación de que son opcionales. Así el consumidor tendrá que seleccionar expresamente las prestaciones opcionales si desea contratarlas.
En cuanto al combustible, la empresa adherida se compromete a realizar una política transparente y ofrecer en primer lugar la opción de depósito lleno a la entrega y devolución del vehículo (lleno/lleno). Sin embargo, la compañía puede escoger otras opciones siempre y cuando informe de manera clara de los cargos adicionales por el abastecimiento de carburante. En estos casos, el cargo por el abastecimiento de carburante se incluirá en el precio inicial.
Además, en el momento de entregar el vehículo alquilado, la compañía se compromete a revisar con el consumidor su estado y a reflejar los golpes y otros daños preexistentes en el documento de entrega del vehículo si el cliente lo solicita. En el momento de la devolución del vehículo, el consumidor podrá exigir, después de que la empresa haya revisado el estado, una copia del informe de revisión, donde se indique si tiene o no daños y su detalle.
Estos son sólo algunos de los aspectos que se incluyen en el código, que también obliga a las empresas a facilitar una persona de contacto, una dirección postal y un correo electrónico para la tramitación de las reclamaciones, y a someterse a la acción mediadora de la Dirección General de Consumo.