viernes. 26.04.2024

El Departamento de Territorio del Consell se ha reunido con sindicatos, federaciones y asociaciones comerciales para explicarles cómo ha quedado el Plan de Equipamientos Comerciales de Mallorca una vez mantenidas conversaciones con el resto de grupos políticos y recogidas diferentes alegaciones.

 

Los equipamientos comerciales de más de 700 m² necesitarán un informe del Consell de Mallorca sobre el cumplimiento de las afectaciones territoriales. Según establece la disposición transitoria cuarta de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Islas Baleares. Concretamente, el articulado dice que habrá «un informe favorable del Consell insular competente sobre la incidencia del proyecto en las infraestructuras y los servicios públicos de carácter supramunicipales».

 

Esta y otras cuestiones sobre el nuevo modelo territorial de la isla que prevé el Plan de Equipamientos Comerciales de Mallorca (PECM) se trataron durante la reunión del lunes pasado, celebrada en la sala de juntas del Departamento de Territorio e Infraestructuras , de la institución insular.

 

Sindicatos, federaciones y asociaciones comerciales, así como los responsables de otras administraciones, pudieran conocer cómo ha quedado el PECM una vez mantenidas conversaciones con el resto de grupos políticos y recogidas diferentes alegaciones.

 

La consellera de Territorio e Infraestructuras, Mercedes Garrido, aseguró que «hay que apostar por el comercio de proximidad y, precisamente, el PECM pretende evitar el polo de atracción que supone Palma, comercialmente hablando». En este sentido, Garrido también destacó que «los informes que debe redactar el Consell servirán para ver si realmente se está dando cumplimiento a PECM».

 

Por otra parte, el director insular de Territorio y Paisaje, Miquel Vadell, explicó las nuevas definiciones de superficies, los nuevos límites de niveles y las nuevas tipologías de equipamientos comerciales, ahora que el documento llega a la recta final. Hay que recordar que, una vez la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares emita la declaración ambiental estratégica del Plan, llegará al Pleno de la institución insular para la aprobación definitiva.

 

Aparte de Garrido y Vadell, también participaron en la reunión por parte del Consell, el jefe de servicio jurídico de Ordenación del Territorio, José Manuel Gómez y el jefe de servicio técnico de Ordenación del Territorio, Juan Carlos Fuster, para aclarar las cuestiones más técnicas y de tramitación.

 

EL PECM. Para poder ordenar el suelo comercial se hace una zonificación de la isla en cinco niveles:

  • Nivel 1. Incluye el área de mayor actividad de la isla, en la que se concentra una parte significativa de la población, así como los servicios administrativos, comerciales y de dotaciones principales, y que dispone de la mayor accesibilidad territorial. Como consecuencia del impacto sobre el sistema de movilidad, ya que afecta a varios conjuntos de ciudadanos, se considera que los equipamientos comerciales no deben tener una superficie comercial de 40.000 m2. En este nivel hay Palma.
  • Nivel 2. Incluye las poblaciones con una gran relevancia territorial en la estructura insular, consideradas nodos de desarrollo. De acuerdo con las características territoriales por estas poblaciones, se establece un límite máximo de equipamiento comercial de 13.000 m2 de superficie comercial. En este nivel hay Inca y Manacor.
  • Nivel 3. Incluye ámbitos con relevancia territorial que asumen un papel significativo como prestadores de servicios en la estructura comercial y de accesibilidad subcomarcal. Se establece un límite máximo de equipamiento comercial de 4.000 m2 de superficie comercial.
  • Nivel 4. Incluye los ámbitos que asumen un papel de prestadores de servicios sobre el entorno inmediato. En los núcleos clasificados de
  • nivel 4 se establece un límite máximo de equipamiento comercial de 1.500 m2.
  • Nivel 5. Suelos aptos no incluidos en los ámbitos anteriores. En los núcleos de nivel 5 se establece un límite máximo de 700 m2 de superficie comercial.

 

SUPERFICIE COMPLEMENTARIA. Los equipamientos comerciales podrán disponer de una superficie complementaria modulable para cines, restauración y servicios, que variará según el tipo de establecimiento. En los centros comerciales y en los equipamientos comerciales grandes (más de 1.500 m2), la superficie complementaria no debe superar en más de un 15% la superficie comercial total. En el caso de equipamientos comerciales de tamaño medio (de 701 a 1.500 m2), la superficie complementaria no debe superar en más de un 25% la superficie comercial total. Por último, en los equipamientos comerciales de tamaño pequeño (de 401 a 700), no debe superar en más de un 50%.

 

Los comercios de más de 700 m² necesitarán el 'OK' del Consell