lunes. 06.05.2024

El Govern ha recordado, de cara a los desplazamientos navideños, que las aerolíneas no pueden cobrar a los pasajeros por el equipaje de mano ni por imprimirles su tarjeta de embarque.
 

La Dirección General de Consumo ha emitido un comunicado en que la ley de navegación aérea establece que el equipaje de mano y los bienes que los viajeros compren en el aeropuerto no pueden tener un coste añadido al del billete.
 

"Las compañías tienen que informar de manera clara del equipaje que consideran 'equipaje de mano'", incide el departamento autonómico.
 

Además, las aerolíneas tiene que asumir el coste de la impresión de la tarjeta de embarque y cualquier documento objeto del contrato con el usuario.
 

Asimismo, el viajero tiene derecho a un asiento gratis, sin que se le pueda obligar a seleccionarlo con un coste añadido, y los menores tienen que ir acompañados por sus padres o tutores con las mismas condiciones.
 

En cuanto a los retrasos, Consumo advierte que se contabilizan desde la hora de llegada, y recuerda que existe un reglamento europeo que establece las compensaciones por las demoras, y también por cancelaciones y "overbooking".
 

Otros derechos reconocidos se refieren a la atención gratuita a los pasajeros con movilidad reducida que hayan solicitado el servicio con anterioridad.
 

Son servicios adicionales que pueden estar sujetos a pago la facturación de equipaje, la prioridad en el embarque y la elección de asiento.

Las aerolíneas no pueden cobrar el equipaje de mano ni la tarjeta de embarque