La presidenta del Govern de les Illes Balears, Margalida Prohens, ha anunciado el lanzamiento del nuevo programa «Alquiler seguro» a partir de noviembre para empezar a captar viviendas vacías o sin uso residencial de pequeños propietarios particulares de forma voluntaria. Pero ¿Cómo funcionará exactamente este nuevo sistema?
Pués, el Govern fijará unos precios máximos de alquiler que abonará a los propietarios y aplicará una reducción de hasta el 30% de la que se beneficiarán los inquilinos. El Govern pagará al propietario de la vivienda un precio tasado por agentes de la propiedad inmobiliaria, que deberá ser validado por el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Illes Balears (COAPI).
Los inquilinos pagarán un precio un 30% inferior al tasado. El Govern fija un precio máximo de tasación de los alquileres a percibir por los propietarios, atendiendo a la realidad de cada isla, de 1.500 euros en Mallorca y Menorca, y de 2.100 euros en Ibiza y Formentera, de modo que los precios a pagar por los inquilinos se sitúan por debajo de los 1.050 euros en Mallorca y Menorca, y de los 1.470 euros en Ibiza y Formentera.
Como ejemplos de la reducción del 30% en el precio del alquiler, en el caso de un precio a abonar por la CAIB a los propietarios de 850 euros, la reducción del 30% sitúa el precio a pagar por los inquilinos en 595 euros. En el caso de un precio de 1.000 euros que percibirán los propietarios, la reducción del 30 % sitúa el precio a pagar por los inquilinos en 700 euros, y si se trata de un precio tasado en 1.200 euros, la reducción sitúa el precio a pagar por los inquilinos en 840 euros.
Respecto al presupuesto, el coste estimado del programa es de 12 millones de euros anuales. Por otro lado, los propietarios que se adhieran podrán optar a aplicarse importantes desgravaciones fiscales en la declaración del IRPF ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), mediante la reducción del 70% que establece la Ley 35/2006 del IRPF (art. 23.2.b) 2.º) por tratarse del arrendamiento de la vivienda a una administración pública.
Para poder ser beneficiario de estas viviendas, se establecen unos límites de ingresos de renta de los inquilinos; deberán empadronarse en la vivienda alquilada y se exigirá la misma o casi idéntica documentación que en el caso de un alquiler particular (contrato de trabajo, aval, IRPF de años anteriores, etc.) y el pago de la fianza (una mensualidad).
Este límite de ingresos ampliado, tal y como se aplica en el programa «Garantía hipoteca IBAVI» de ayuda para acceder a una hipoteca de compra de vivienda, permitirá optar a las viviendas del programa «Alquiler seguro» a personas con un máximo de ingresos anuals de 6,5 veces el IPREM ponderado: actualmente 60.667 euros para un inquilino y 68.250 euros para dos inquilinos.
Entre las condiciones para los inquilinos, también se establecerá contractualmente la obligación, al finalizar el alquiler, de devolver al propietario la vivienda en las mismas condiciones en las que se recibió el inmueble. Como norma general, los arrendatarios no podrán ser propietarios ni titulares de un derecho real de uso y/o disfrute de una vivienda en la isla donde se desea alquilar la vivienda. El arrendatario no podrá tener parentesco hasta tercer grado con el propietario.
Los inquilinos no podrán subarrendar las viviendas y asumirán los gastos de los servicios y suministros individualizados, las pequeñas reparaciones por uso ordinario y la tasa de residuos (incineradora).
Por su parte, los propietarios asumirán el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), las tasas de entrada de vehículos, en su caso, y las cuotas de comunidad; y en caso de una vivienda amueblada y/o con enseres, el coste de posibles reparaciones y del mantenimiento que no sean imputables al inquilino particular. También se establece como requisito que no tengan deudas con la comunidad.
