martes. 23.04.2024

En redes sociales, esclavos de nuestras palabras y también de nuestros silencios

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Dice un antiguo proverbio que los hombres somos dueños de nuestros silencios y esclavos de nuestras palabras.

Probablemente el vecino de Ferrol cuya condena acaba de ratificar una reciente Sentencia de Pleno del Tribunal Supremo (747/2022 de 3 de noviembre) lo matizaría, pues ha resultado ser no solo esclavo de sus palabras, sino esclavo -y condenado- por sus silencios… ante las palabras de otros.    

Parte el caso de un conflicto vecinal (¡hay que ver para cuánta literatura, chascarrillos y series dan las relaciones de vecindad!), surgido a raíz de las vicisitudes e incidencias que siguieron los trámites iniciados por un vecino del citado municipio coruñés para la realización de unas instalaciones a destinar a “hotel canino”.

Pero lo que antaño habría quedado en cotilleos, debates y discrepancias entre vecinos en el bar o en la plaza, acabó plasmado y difundido por Facebook.

Así, el vecino que pretendía realizar dichas instalaciones realizó en su muro de Facebook varios comentarios quejándose por las trabas que, según su versión, se encontró por parte del Ayuntamiento y, en concreto, por parte de alguno de sus concejales y funcionarios, a los que acusaba de “amiguismo”, “corrupción” o “caciquismo” precisamente en favor de sus vecinos colindantes, con los que mantenía una patente mala relación llegando incluso a cruzarse denuncias.

Sin embargo, este vecino no ha sido condenado por sus propios comentarios, que fueron objeto de valoración judicial entendiéndose que, siendo más o menos desafortunados e incluso pudiendo los mismos disgustar o enfadar en mayor o menor medida, estas <<no desbordan el marco de la libertad informativa y de expresión u opinión en una sociedad democrática>>.

A la postre, ha resultado condenado por los comentarios que terceras personas realizaron en su muro tales como “gentuza”, “asco de garrulos”, “plaga de garrapatas hambrientas” o “contrata a un matón”, entre otras lindezas, que, estos sí, se valoraron como comentarios <<en forma de insultos, burlas escarnecedoras e hirientes, así como de simuladas amenazas ofensivas, que no venían a cuento, a todas luces excesivas e innecesarias por no aportar nada a la información ni a la discusión o debate>> que atentaban contra el derecho al honor de los afectados.

Por cierto, se recuerda en los pasajes de esta Sentencia que no existe un “derecho al insulto”, apunte que más de uno debería grabarse a fuego en una sociedad en la que, lamentablemente, demasiadas veces se manifiestan opiniones de forma innecesariamente vejatoria, ultrajante u ofensiva, lo que en ningún caso queda amparado por el derecho a la libertad de expresión.

¿Y cómo es que este vecino ha sido condenado por comentarios de terceros?

En muy resumidas cuentas, porque la amplia facultad que da Facebook a sus usuarios para controlar sus cuentas, pudiendo tener estas y sus muros abiertos o cerrados, denunciar, bloquear e incluso eliminar publicaciones o comentarios de terceros, implica que estos no puedan desentenderse sin más de determinados contenidos o comentarios que, como en este caso, tengan una clara intencionalidad vejatoria y denigrante en sí misma. Se exige pues un <<deber de diligencia reactiva y cuidado>>, que obligaría a su bloqueo o eliminación nada más conocerlos.

Por ello, este vecino de Ferrol ha visto confirmada la condena por la que, además de eliminar los comentarios en cuestión y a publicar parcialmente la Sentencia condenatoria, tiene que pagar 3.000.-€ a los demandantes como responsable de los daños y perjuicios causados por su culpa por omisión derivada de su falta de diligencia.

Así que mucho cuidado no solo con lo que decimos, sino también con lo que dejamos que otros digan en nuestras redes sociales: somos esclavos de nuestras palabras, pero también de nuestros silencios.

En redes sociales, esclavos de nuestras palabras y también de nuestros silencios
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