viernes. 03.07.2026

El Gobierno ha aprobado una nueva prórroga que permitirá que las pérdidas sufridas por las empresas en 2020 y 2021 por la pandemia de covid sigan sin computar a efectos de disolución durante todo 2026.

La medida ha sido publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dentro del real decreto ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.

Dentro de la disposición adicional cuarta, el real decreto incluye la prorroga de la suspensión de la causa de disolución por pérdidas ya acordada previamente respecto del covid-19, de forma que, para 2026 "no se considerarán las pérdidas empresariales sufridas en 2020 y 2021".

"Esta medida, de carácter transitorio, permitirá que las pérdidas provocadas por determinados hechos, de carácter sobrevenido y extraordinario, sean absorbidas en un tiempo prudencial con el fin de favorecer que empresas viables que atraviesan ciertas dificultades ocasionadas por aquellos hechos, puedan seguir operando en el tráfico jurídico y económico", dice el texto.

Los mismos motivos que justificaron el esfuerzo desplegado para conservar el tejido productivo abultadamente afectado por el covid-19 aconsejan que las compañías que siguen siendo viables puedan conservar la expectativa de una plena recuperación, sin que la misma se vea abortada prematuramente por la mera aplicación de una regla contable que no es indicativa, por sí sola, de la capacidad de la empresa de continuar con su actividad, añade.

"Por ello debe aprobarse, con carácter urgente, la prórroga de la causa de disolución por pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio 2026", concluye el texto. 

El Gobierno prorroga a 2026 la moratoria para que empresas en pérdidas por covid se...