El 13 de enero de 2025 el diario digital Economía de Mallorca tuvo a bien publicar, en su sección de opinión, un artículo que titulé Una nueva extensión de la moratoria contable, haciéndome eco de la prórroga y ampliación de la suspensión de la causa de disolución por pérdidas establecida por el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, valorando positivamente esa medida.
Sometido ese Real Decreto Ley, conocido con «Decreto ómnibus» ya que incorporaba medidas que afectaban a más de setenta normas, el Congreso de los Diputados no lo convalidó, decayendo y quedando derogadas sus disposiciones.
La tormenta política generada es notoria al quedar comprometidas medidas tan relevantes como el aumento de las pensiones, las ayudas al transporte público, diversa normativa tributaria, ayudas y un amplio elenco de normas, muchas de ellas muy necesarias.
Como «daño colateral» ha quedado sin efecto la suspensión de la causa de disolución por pérdidas, prevista en el artículo 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), medida que beneficiaba a las sociedades que habían acumulado pérdidas durante los ejercicios 2020, 2021 y 2024 por eventos extraordinarios como la pandemia de Covid-19 y la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA).
La eliminación de esta moratoria conlleva graves implicaciones para las sociedades afectadas. En ese nuevo escenario, los administradores deberán evaluar si el patrimonio neto es inferior a la mitad del capital social y, de ser así, estarán obligados a convocar una junta general en un plazo de dos meses para decidir sobre la disolución de la sociedad o adoptar medidas correctivas. En caso de incumplimiento, podrían incurrir en responsabilidad personal por las deudas sociales.
Las empresas que han dependido de este régimen para estabilizarse en un entorno económico adverso podrían enfrentarse a liquidaciones forzosas, dado que muchas de ellas todavía no han recuperado la solidez financiera necesaria. Además, la derogación afecta a la previsión de transparencia financiera que requería informar sobre las pérdidas excluidas en la memoria de las cuentas anuales, dificultando el acceso a crédito o a nuevas inversiones debido a la pérdida de confianza de terceros.
Esperemos que la clase política, consciente de los problemas que esa supresión puede ocasionar, reintroduzca esa norma, cuya necesidad nadie cuestiona al mostrarse como una herramienta que ha permitido superar las situaciones adversas que han atravesado con el Covid-19 y la devastadora DANA.
Y como ciudadano deplorar la tendencia a gobernar a base de Decretos Leyes, con confusos, profusos y difusos textos que, al «mezclar churras con merinas» y someter a la aprobación de un «todo o nada», provocan situaciones como las que vivimos, tensionando a la sociedad y causando evitables e indeseados sufrimientos a la ciudanía, que no se los merece.
Joan Buades Feliu
Abogado
Director de Buades Legal
