La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa total de 2,91 millones de euros a cuatro grandes agencias de viajes, entre ellas la mallorquina Ávoris Retail División, por repartirse de forma ilícita contratos públicos del Banco de España y de la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
Ávoris, con sede en Baleares y uno de los mayores grupos turísticos del país, ha sido sancionada por su participación en dos prácticas anticompetitivas, lo que conlleva no solo una multa económica, sino también la prohibición de contratar con la administración pública durante seis meses en licitaciones relacionadas con servicios de viajes y desplazamientos profesionales.
Reparto de contratos y falta de competencia
Según la resolución de la CNMC, entre octubre de 2021 y octubre de 2022, Ávoris, Nautalia y Viajes El Corte Inglés pactaron su comportamiento en varios concursos públicos para eliminar la competencia real.
En el caso del Banco de España, las cuatro agencias implicadas —incluida IAG7— acordaron no presentarse a una licitación para forzar que quedara desierta y fuera convocada de nuevo en condiciones más favorables para ellas.
Posteriormente, en la Universidad Complutense de Madrid, Ávoris, Nautalia y Viajes El Corte Inglés se repartieron de forma rotatoria los encargos de viajes del personal universitario. De este modo, cuando la universidad solicitaba ofertas, solo recibía una propuesta en lugar de tres, reduciendo las opciones disponibles y los incentivos para competir en precio y calidad.
La CNMC considera que estos acuerdos vulneran gravemente la Ley de Defensa de la Competencia y la normativa europea, al suponer un falseamiento deliberado del mercado.
Como consecuencia, Ávoris deberá afrontar una sanción económica incluida dentro del total de 2,91 millones de euros y queda inhabilitada durante medio año para contratar con cualquier administración pública en su ámbito de actividad.
La resolución también afecta a Nautalia y Viajes El Corte Inglés, con la misma duración del veto, mientras que IAG7 ha sido sancionada con una prohibición de tres meses al limitar su participación a uno de los contratos.
Se trata de la cuarta vez que la CNMC fija de forma directa la duración y el alcance de la prohibición de contratar, una facultad que refuerza el impacto de las sanciones y busca disuadir prácticas similares en futuros concursos públicos.
Las empresas sancionadas aún pueden recurrir la resolución ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación.
