viernes. 19.06.2026

Una torpe y reglamentarista visión. Crítica a la resolución sobre seguros de responsabilidad civil de administradores

La Resolución de 13 de mayo de 2025 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJyFP), publicada en el BOE de 12 de junio, desestima el recurso presentado frente a la negativa del Registro Mercantil de Valencia a inscribir una cláusula estatutaria que autorizaba a una sociedad a contratar un seguro de responsabilidad civil para dar cobertura a sus administradores.


Dicha cláusula, incorporada al artículo 17 de los estatutos, establecía una retribución fija en metálico para el órgano de administración, añadiendo que la sociedad podía contratar un seguro de responsabilidad civil para cobertura de sus administradores.

A pesar de su carácter complementario y no patrimonial, el registrador, y la DGSJyFP, en una interpretación de máximo rigor, lo consideraron una forma de retribución sujeta al régimen del artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital.

Equiparar un seguro de responsabilidad civil dirigido a cubrir eventuales reclamaciones patrimoniales con una retribución directa desnaturaliza la finalidad de estas pólizas (conocidas como seguros D&O, por sus siglas en inglés). El administrador no percibe dinero ni disfruta de un beneficio personal: simplemente se le protege ante posibles demandas por decisiones tomadas, u omisiones imputables, en el ejercicio de sus funciones.


Confundir esta cobertura con un pago retributivo no solo es discutible técnicamente, sino que puede tener efectos contraproducentes. Imponer que esta cobertura conste de forma explícita como retribución estatutaria introduce obstáculos formales que no mejoran la transparencia y sí pueden disuadir a profesionales cualificados de aceptar cargos de responsabilidad.
 

No estamos ante una retribución variable ni opaca. Se trata de un mecanismo ampliamente utilizado en el ámbito empresarial y aceptado como buena práctica de gobierno corporativo. Someterlo a sospecha jurídica solo alimenta un reglamentarismo que entorpece la vida societaria.
 

El contraste con otros países es revelador. En el Reino Unido, la Companies Act 2006 permite que las compañías aseguren a sus administradores sin considerar que eso sea una forma de retribución. Y en Estados Unidos, las pólizas D&O son una herramienta estándar de protección, vistas como una garantía para un ejercicio diligente del cargo, no como una compensación económica.
 

Resulta paradójico que, mientras se insiste en exigir mayor responsabilidad a los administradores, se frene una medida que precisamente les protege de forma razonable.

La DGSJyFP habría podido adoptar una lectura más práctica y adaptada a la realidad del gobierno corporativo, distinguiendo entre retribución y protección.

Decisiones como esta no mejoran el control societario ni la transparencia, sino que transmiten una imagen inmovilista del Derecho mercantil. Una vuelta de tuerca innecesaria que, en lugar de proteger a los socios, puede dejar desprotegidas a las personas que aceptan el reto de administrar.

Una torpe y reglamentarista visión. Crítica a la resolución sobre seguros de...