viernes. 29.03.2024

Santa Rita, Rita, lo que se da no se quita… si cumples la condición.

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Estos días ha saltado a la actualidad informativa que la Diputación de Albacete ha aprobado pagar ocho millones de euros que aún le restaban por pagar de los once millones a los que fue condenada a cuenta de lo que, visto lo visto, ha acabado siendo una “herencia envenenada”.

La historia viene de tiempo atrás, a raíz de la apertura de la sucesión de D.ª Purificación Urrea, que murió en 1966 sin hijos y habiendo otorgado testamento por el que designaba heredera a una orden religiosa y, en su defecto, a la Diputación Provincial de Albacete, que fue la que finalmente acabó aceptando la herencia allá por el año 1968.

No obstante, la herencia tenía condiciones. En concreto, D.ª Purificación impuso como condición la obligación de constituir una fundación benéfica con sede y domicilio en la ciudad de Albacete cuyo fin sería a creación y sostenimiento en la ciudad de Albacete, de un hospital, que se llamará Hospital Asilo de la Purificación;, destinado al albergue, asistencia sanitaria y recuperación funcional de niños pobres que estén enfermos y desvalidos.

Siendo como decimos que la Diputación Provincial de Albacete aceptó la herencia, resulta que llegado el año 1999 todavía no se había constituido tal fundación, ni por consiguiente se había construido el hospital que había ordenado la fallecida. Se había incumplido pues con la voluntad y condición de la testadora.

Ante tal incumplimiento, varios parientes de D.ª Purificación solicitaron que se declarara la ineficacia del nombramiento como heredera de la Diputación Provincial y que se abriera la sucesión en favor de dichos parientes, que a la postre y tras muchos años de litigios acabaron siendo reconocidos como herederos.

Sin embargo, la Diputación continuó en posesión de los bienes integrantes de la herencia, y percibiendo los rendimientos que los mismos iban generando, por lo que todavía se siguió otro litigio que es el que, a la postre, desembocó en la condena que estos días está siendo noticia.

Así, en Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Albacete en fecha 4 de diciembre de 2020 (¡54 años después del fallecimiento de D.ª Purificación!) se condenó a la Diputación Provincial de Albacete a entregar a la comunidad hereditaria de D.ª Purificación los bienes que en su día percibió de esa herencia (entre ellos varias fincas), así como sus frutos, rentas y demás rendimientos generados desde el año 1968, que se cifraron en once millones de euros.

Dicha resolución fue confirmada por la Audiencia Provincial de Albacete en Sentencia de 19 de julio de 2022, que devino firme y a la que ahora parece que la Diputación va a acabar de dar cumplimiento.

Veremos si los actuales herederos cumplen con la condición impuesta y tantísimos años después se cumple la voluntad de D.ª Purificación. No es la primera vez que con ocasión de esta columna comentamos curiosas herencias que tienen que ser reintegradas por incumplir las condiciones impuestas por el fallecido. A veces, lo que se da sí se quita.

Santa Rita, Rita, lo que se da no se quita… si cumples la condición.