viernes. 29.03.2024

Ampliación del plazo para solicitar compensación por la suspensión de desahucios y lanzamientos de vivienda habitual:.

Volvemos a la carga con el derecho de compensación al propietario/arrendador por la suspensión de desahucios y lanzamientos de vivienda habitual.

 

 

Es una cuestión que, como decimos, ya ha sido tratada en anteriores píldoras jurídicas pero que, por su relevancia práctica (son muchos los procedimientos de desahucio suspendidos y los propietarios que llevan largo tiempo sin poder recuperar su inmueble y sin cobrar) y continuas modificaciones, entendemos interesante actualizar.

 

I.- Procedimientos suspendidos hasta el 31 de octubre de 2021.

 

En la píldora jurídica del pasado 24 de mayo ya comentamos que, mediante Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, se amplió el plazo de suspensión de desahucios y lanzamientos de personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional hasta el 9 de agosto de 2021.

 

Pero cuando esa prórroga, que se esperaba que fuera la última (no olvidemos que muchos procedimientos estaban suspendidos desde marzo de 2020), estaba próxima a finalizar, mediante el Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, se acordó una nueva prórroga hasta el 31 de octubre de 2021, que es la actualmente vigente.

 

Ya hemos apuntado en ocasiones anteriores que el hecho de que la Administración recurra continuamente a estas prórrogas que, en definitiva, trasladan todo el coste directamente y en primer término al propietario, revela una flagrante incapacidad y la total ineficacia e ineficiencia de las políticas y medios en materia social y de vivienda.

 

II.- Ampliación del plazo para solicitar compensación hasta el 30 de noviembre de 2021.

 

En la píldora jurídica de 18 de julio (Más vale tarde que nunca) explicamos brevemente el procedimiento a seguir por los propietarios/arrendadores afectados por la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional para el reconocimiento del derecho de compensación por los perjuicios causados por dichas suspensiones, refiriendo que el procedimiento debía iniciarse a instancia de parte, mediante la correspondiente solicitud que podrá presentarse hasta el 9 de septiembre de 2021.

 

Pues bien, en consonancia con la ampliación del plazo de suspensión hasta el 31 de octubre de 2021, el plazo para presentar esas solicitudes quedó ampliado hasta el 30 de noviembre de 2021.

 

Para mayor detalle pueden consultar la ficha que el Govern de les Illes Balears tiene disponible en su página web: GOIB: Procedimiento para la presentación, tramitación y resolución de solicitudes

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