viernes. 19.04.2024

El porqué del no de AFEDECO a la ordenanza que prohibirá las bolsas de plástico

/img/periodico/img_15493.jpg

Vaya por delante que nuestro sector se encuentra comprometido con el medio ambiente,  y no está en contra de medidas que tienden a protegerlo, todo lo contrario. En lo  que no podemos estar en modo alguno  de acuerdo es en el escaso margen temporal  marcado para la ejecución de la medida y  en el carácter prohibitivo de la misma.

 

Prueba de ese compromiso es que en el seno  de AFEDECO, hará ya algunos años, se alcanzó un importante acuerdo privado de autorregulación de las empresas medianas de alimentación, los más importantes supermercados, para dejar de distribuir gratuitamente las bolsas de plástico.

 

La experiencia es conocida y  los resultados están ahí, con una reducción en ese sector, el que más bolsas distribuía,  de aproximadamente el 90%. Así pues ya  en AFEDECO sabemos de qué estamos hablando pues  nos adelantamos a todas las normativas y se consiguieron voluntariamente resultados satisfactorios. Reiteramos que  sin prohibiciones, con acuerdos y consenso. Luego ese ejemplo se ha generalizado.

 

Dicho lo anterior, nuestra reclamación surge ahora cuando se pretende, en exclusiva  para Palma “prohibir” con carácter general   las bolsas de plástico de un solo uso para el primero de enero de 2018. En menos de un año, que se dice pronto.

 

Nos adelantamos en mucho a lo que recomienda (nunca prohíbe) la directiva europea al efecto, en definitiva  a la realidad de la mayoría de los Estados Europeos. En primer lugar debemos recordar que las actuaciones que se proponen a nivel nacional, en el caso de las bolsas de un solo uso, es la de que los Estados miembros deben adoptar, o bien medidas para asegurar que se reduzca el consumo hasta las 90 bolsas por habitante antes del 2020 y 40 antes del 2025. Según los datos que constan en la consulta de dicha directiva a nivel estatal en el 2014 estaríamos en 110 bolsas por habitante, o bien,  en su caso, o  además, arbitrar Instrumentos que garanticen que no se distribuyan gratuitamente.

 

Quedan exceptuadas las que  se emplean en alimentación, para pescado, carne y otros alimentos perecederos por motivos de higiene o para evitar las pérdidas de alimentos. Para el resto de las bolsas, los Estados pueden adoptar medidas para lograr esa reducción, excepto  la prohibición que se recoge en la nueva ordenanza municipal de Palma. Prohibición que dicho sea de paso se pretendía inicialmente en exclusiva para nuestro sector, una prueba más de que el comercio parece que siempre debe ser el destinatario y “cajón de sastre”  exclusivo de todas  las normativas, en un nuevo intento de discriminar a nuestro sector, al que de palabra siempre se le defiende pero que en la realidad de los hechos siempre se la discrimina y perjudica.

 

En todas las normativas especifican que el plástico no se va a retirar del mercado y que cualquier restricción de uso que se haga al respecto tiene que ser proporcionada y no discriminatoria.

 

En Cataluña, por poner un ejemplo, ningún gran comercio ni pequeño o mediano puede ofrecer a sus clientes bolsas de plástico "gratuitas y con tal medida esperan alcanzar el 90% de reducción de su uso en el año 2020 La propia Directiva europea plantea una reducción del 80% de aquí al 2025, Y la ordenanza de Palma se aprueba ahora con efectos de cara a unos meses, menos de un año.

 

El artículo 12 de la directiva europea dice que las medidas pueden variar dependiendo del impacto medioambiental y que se tiene que tener en cuenta cualquier posible efecto adverso de su sustitución.

 

En cualquier caso, desde AFEDECO entendemos  que  la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Palma, no coincide con los objetivos de la norma europea, ni tampoco con  la nacional. Además entendemos que, en su caso, un tema de esta naturaleza debiera ser regulado por una norma de rango superior. Ahora resulta que la exigencia será bien diferente en Palma, de la que pueda existir en Campos, Marratxi o Alquería Blanca, por poner ejemplos. Entendemos que o bien el Consell Insular debería ser la institución que regulase la cuestión - dentro de la realidad de la directiva Europea- o bien el Govern si se pretende una regulación para todo  nuestra Comunidad Autónoma.

 

Redactar una norma puede resultar muy sencillo, lo importante es que esa norma pueda ser cumplida y además que ocasione el menor perjuicio y coste posible a quienes tiene que cumplirla. El plazo que se concede es mínimo, menos de un año para que no haya bolsas de plástico de un solo uso. Resulta difícil de entender esas ansias de la Administración en prohibir, lo que evidentemente siempre resulta el camino más fácil.

El porqué del no de AFEDECO a la ordenanza que prohibirá las bolsas de plástico