viernes. 19.04.2024

Baleares se ha convertido en la primera región en toda Europa que toma medidas normativas directamente contra el turismo de borrachera y de excesos.

El Consell de Govern ha aprobado un decreto ley para combatir los excesos en determinadas zonas turísticas, con el objetivo de forzar un cambio real en el modelo turístico de estos destinos, fomentar el civismo, adoptar medidas de protección del destino y evitar los problemas derivados de un consumo excesivo de alcohol en determinados lugares de las Illes Balears.

 

Los esfuerzos por promocionar el destino, dotarlo de una mayor calidad —vía inversiones tanto públicas como privadas— y posicionarlo en un mercado cada vez más competitivo y global se habían visto afectados en los últimos tiempos por determinados comportamientos incívicos, la mayoría directamente relacionados con el abuso de alcohol, en determinadas zonas turísticas de Mallorca e Ibiza.

 

El decreto ley aprobado tendrá una vigencia de cinco años, su ámbito territorial quedará circunscrito a zonas concretas de la Playa de Palma, S’Arenal, Magaluf y el conocido como West End de Sant Antoni de Portmany, y abarcará cinco ejes principales de actuación con el objetivo de evitar la degradación de determinadas zonas turísticas de las Illes Balears.

En cuanto al alcohol a partir de ahora estará prohibida la publicidad que tenga como objetivo incentivar el consumo de alcohol en establecimientos turísticos, así como las barras libres, happy hours o similares.

 

También se prohíbe la exhibición de bebidas alcohólicas, los autodispensadores, además de que los establecimientos que vendan alcohol deberán permanecer cerrados entre las 21.30 h y las 8.00 h.


Por otro lado quedan prohibidas las prácticas peligrosas para la vida o la integridad física de las personas en todo el territorio de las Illes Balears, no solo en el ámbito territorial de la norma. De esta manera se pone prohibición legal al denominado balconning.

 

Las personas que, pese a la norma, realicen estas prácticas, serán expulsadas inmediatamente del establecimiento con la consideración de falta grave tanto para quien las practique como para quien las permita.

 

En lo referente a las excursiones etílicas, también conocidas como pubcrawling. Se prohíbe su publicidad, su organización y su venta para evitar recorridos alcohólicos en las zonas afectadas por el decreto.


En relación a las fiestras  que se realizan en embarcaciones, las denominadas party boats, se prohíbe publicitarlas en las zonas afectadas por este decreto. Por otra parte, este tipo de barcos no podrá recoger o retornar clientes en estas zonas. Además, se suspende la concesión de nuevas licencias y se abre un plazo de 24 meses para regular la actividad.


Por último, esta norma establece un régimen sancionador que pone un acento especial en las faltas graves y muy graves. En el primer caso, se consideran faltas graves las prácticas peligrosas para la vida, la integridad o la salud de los clientes (para el turista que lo practica); la falta de información de forma expresa a los clientes sobre dichas prácticas peligrosas (para el establecimiento); la no expulsión de clientes que realicen dichas prácticas peligrosas (para el establecimiento); ofrecer habitaciones por horas y publicitar bebidas alcohólicas o tener expuesto alcohol en los establecimientos, entre otros aspectos.

 


Las faltas muy graves contemplan la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido; ofertar bebidas alcohólicas bajo modalidades del tipo barra libre, happy hours o 2x1 y 3x1; mantener los autodispensadores de alcohol; la venta de bebidas a menores y a embarazadas; la publicidad o realización de excursiones etílicas (pubcrawling) o cometer dos faltas graves en seis meses, entre otras circunstancias.

 

Las faltas muy graves se sancionan con multas de 60.001 a 600.000 €, y adicionalmente pueden llevar aparejado el cierre del establecimiento por un período máximo de tres años, según las circunstancias que se presenten.

 

Se considerará falta leve cualquier otra infracción incluida en el decreto, con multas de entre 1.000 y 6.000 €.

Baleares aprueba la primera norma en Europa contra el 'turismo de excesos'