viernes. 26.04.2024

5.396 familias de las Islas Baleares, clientes de Endesa, de las cuales 2.602 en la isla de Mallorca, 164 en Menorca, 150 en Ibiza y 4 en Formentera, se han beneficiado de la renovación automática del bono social desde que el mes de abril entró en vigor del Real decreto ley 6/2022. Esto sitúa la cifra de beneficiarios de esta ayuda en casi 14.600 familias en las Islas Baleares.



Endesa atribuye buena parte de estos datos al hecho que todos los beneficiarios de este descuento —salvo las familias numerosas, que están sujetas a la vigencia de su carné— no tengan que tramitar ahora una solicitud de renovación cada dos años para verificar que continúan cumpliendo los criterios de asignación definidos por el Gobierno, puesto que desde la energética se hace directamente la comprobación con el Ministerio de Transición Ecológica por saber si el hogar en cuestión puede continuar percibiendo el descuento en la factura eléctrica.



Aquellos que disfrutaban de la ayuda antes de la entrada en vigor de la nueva normativa tendrán una prórroga automática de dos años después de finalizar el periodo de percepción. Dos meses antes del siguiente vencimiento, Endesa los avisará para que puedan presentar la solicitud y la nueva documentación acreditativa de acuerdo con los nuevos requisitos. A partir de aquel momento las renovaciones también pasarán a ser automáticas cada dos años, siempre que se cumplan las condiciones.


Más allá de las renovaciones, Endesa prevé que el colectivo de beneficiarios del bono social continúe creciendo en los próximos meses con la nueva categoría que el Gobierno impulsó a finales del mes pasado y que se regula en el Real decreto ley 18/2022: el bono social de justicia energética, dirigido a hogares con ingresos bajos particularmente afectados por la crisis energética. Esta nueva categoría supone la aplicación de un descuento del 40% sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) y estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2023.



Se podrán acoger a esta ayuda para su vivienda habitual las personas que tengan una renta igual o inferior a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas y superior a 1,5 veces lo IPREM de 14 pagas. A modo de ejemplo, el 2022 podrán acogerse al nuevo bono de justicia energética un adulto con una renta inferior a 16.213 euros anuales o una familia de cuatro miembros con una renta inferior a 26.751 euros anuales.



La entrada en vigor del nuevo Real decreto ley 18/2022 amplía los descuentos y los prorroga hasta el 31 de diciembre del 2023. Así, para los consumidores vulnerables la ayuda pasa del 60% al 65%, mientras que para los que se encuentren en situación de vulnerabilidad severa se amplía en un 10% más, pasando del 70% al 80%.


Además, también se incrementa el número de kilovatios hora (kWh) sobre los cuales se aplican estas bonificaciones, por lo cual el volumen de energía anual sujeta al descuento se incrementa en un 15% y de forma proporcional a las personas que convivan en la misma vivienda. Por ejemplo, en un hogar donde viven una o dos personas, los kWh bonificados son ahora 1.587 kWh/año (antes eran 1.380 kWh); mientras que en una unidad de convivencia formada por cuatro personas son 2.698 kWh (frente a los 2.346 kWh antes del cambio regulador).

Finalmente, también se ha aprobado un aumento en la ayuda mínima por beneficiario del bono social térmico de 25 a 40 euros, para ayudar consumidores vulnerables en consumos térmicos como por ejemplo calefacción, agua caliente o cocinas a gas. Esta ayuda se concede de forma automática a todos los beneficiarios de bono social eléctrico —con la excepción de la nueva categoría de bono de justicia energética—.


Además, la normativa protege también aquellos hogares vulnerables que, a pesar de acogerse al bono social, no puedan pagar la factura. En este sentido, la Ley del sector energético estipula que no se puede interrumpir el suministro eléctrico una vivienda en que haya, como mínimo, un menor de 16 años a la unidad familiar, o en que el titular o uno de los miembros de la unidad familiar sea una persona con una discapacidad igual o superior al 33% o con un grado de dependencia II o III. En estos casos los clientes se tendrán que dirigir a los servicios sociales para que emitan el correspondiente documento de acreditación de la situación y, posteriormente, lo tendrán que presentar a su comercializadora de referencia.

Así mismo, los clientes vulnerables en riesgo de exclusión social, es decir, aquellos clientes con la consideración de vulnerables en grado severo que sean atendidos por los servicios sociales no tendrán que hacerse cargo de una factura siempre que los servicios sociales acrediten el pago de, como mínimo, el 50% de la factura mencionada a la comercializadora de referencia dentro de los cinco meses posteriores a la emisión de la factura. La comercializadora asumirá el 50% restante del importe.

Finalmente, una normativa reciente ha establecido el suministro mínimo vital, una medida destinada en los beneficiarios del bono social que incurran en impago, los cuales tendrán un plazo adicional de seis meses para hacer el pago de la factura. Durante estos seis meses no se los podrá interrumpir el suministro, pero, si tenían contratada una potencia superior a 3,5 kilovatios, verán limitada la potencia a 3,5 kilovatios.

Esta medida no se tiene que solicitar, sino que el consumidor recibirá de la comercializadora la notificación de la fecha a partir de la cual se le aplicará el suministro mínimo vital

Endesa cifra en 2.602 las familias mallorquinas que ya se han beneficiado de la...