viernes. 29.03.2024

Los Auditores de Baleares anuncian que las obligaciones contables de las pequeñas y medianas empresas (pymes) se verán simplificadas de manera importante tras la reforma del Plan General de Contabilidad (PGC) y del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (PGC-Pymes), llevado a cabo por el Gobierno central.

 

La Agrupación balear, del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), celebrará en Palma el próximo día 23 de enero un seminario sobre la reforma contable que ya es de aplicación para el cierre del ejercicio 2016, con el presidente de esta agrupación, Julio Capilla, en calidad de ponente.

 

“El ejercicio 2017 llega cargado de importantes novedades legislativas en materia de contabilidad que influyen directamente en la actividad de las pymes de las islas”, destacó Julio Capilla.

 

Entre las modificaciones introducidas por el Gobierno central destaca la reducción del volumen de datos que se deberá presentar en la memoria abreviada. Se trata de la información referida a la actividad de la empresa, los activos y pasivos financieros, ingresos y gastos, fondos propios, situación fiscal y aplicación de resultados, entre otros.

 

Gracias a la entrada en vigor de la nueva normativa las empresas y pymes que utilicen el modelo abreviado del Plan General Contable y Plan General Contable Pymes también estarán exentas de incluir el estado de cambios en el patrimonio neto.

 

“La nueva modificación exime a las empresas de presentar la información, tanto del estado de ingresos y gastos reconocidos, como la del estado total de cambios en el patrimonio neto, que forman parte del conjunto del informe sobre el estado del patrimonio neto”, explicó Julio Capilla.

 

Podrán acogerse a esta simplificación, del Plan General de Contabilidad, las pequeñas y medianas empresas que cumplan al menos dos de los siguientes requisitos durante dos años consecutivos: que el activo no alcance los cuatro millones de euros, su cifra anual de negocios no supere los ocho millones de euros y que no sobrepasen los 50 trabajadores en plantilla.

 

La reforma también incluye cambios en el tratamiento contable de los inmovilizados intangibles, especialmente el fondo de comercio. Para los inmovilizados intangibles se fija un plazo de amortización de diez años cuando su vida útil no pueda estimarse de manera fiable, salvo que exista una previsión legal específica distinta -como, por ejemplo, los gastos de investigación y desarrollo-.

 

En relación al Fondo de Comercio, el Real Decreto incluye una presunción que admite prueba en contrario de que éste se recuperará de forma lineal en un plazo de diez años. Con ella, las empresas podrán eludir la normalmente compleja labor de tener que justificar la vida útil de este elemento patrimonial.

Los Auditores avisan de que las pymes baleares podrán simplificar sus obligaciones...