miércoles. 24.04.2024

La CNMC  ha sancionado a las operadoras Orange Espagne con 22.200 euros, a Dialoga Servicios Interactivos, con 76.000 euros, a la Operadora de Telecomunicaciones Opera, con 21.000 euros, a  Freedompop EU Limited, con 15.000 euros y a Parlem Telecom Companyia de Telecomunicacions, con 30.000 euros.

 

En concreto, la CNMC sanciona a Orange Espagne  por no haber ejercido suficiente control sobre el uso de la numeración móvil que tiene asignada al permitir que Opera y Dialoga hayan hecho un uso presuntamente indebido de la misma desde el 13 de junio de 2014 y hasta el 31 de marzo de 2017, según ha informado la entidad a través de una nota de prensa.

 

La CNMC destaca que entre el 11 de julio de 2015 y el 8 de febrero de 2016″ esta conducta infractora puede imputarse a título de culpa solo a Jazztel (actualmente Orange, que adquiere el patrimonio de Jazztel, asumiendo sus derechos y obligaciones, incluida la responsabilidad administrativa por los incumplimientos expuestos”.

 

En cuanto a Dialoga Servicios Interactivos, S.A. y Operadora de Telecomunicaciones Opera, S.L., la Comisión considera que las dos operadoras han incurrido en un incumplimiento de las condiciones exigidas para la atribución de los recursos públicos de numeración incluidos en los planes de numeración.

 

Esta situación se produjo entre el 13 de junio de 2014 y hasta el 31 de marzo de 2017, fecha en la que ambos operadores dejaron de utilizar dicha numeración.

 

Respecto a las sanciones de Freedompop y Parlem Telecom, la CNMC ha determinado que Parlem había facilitado numeración móvil a Freedompop para un uso no atribuido a esta numeración. Esta situación se produjo entre julio de 2016 y hasta diciembre de 2017.

 

Hay que destacar que, en los casos de Orange, Freedompop y Parlem Telecom, los operadores han obtenido una reducción del 40% en la sanción como consecuencia de su conformidad a la propuesta de resolución y por haber realizado el pago voluntario con anterioridad a dictarse la resolución.

 

La CNMC recuerda que las empresas sancionadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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